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Justicia lenta

Una vez más, una resolución judicial nos demuestra que los juicios rápidos sólo se llevan a cabo para conseguir condenas fulminantes de acusados exprés, con vulneración de derechos fundamentales en muchas ocasiones. Quiero referirme al caso de Carmen Fernández, madre de Iván y Sara, y su histórica indemnización de 1,7 millones de euros. El Tribunal Constitucional ha decidido que no se entregue dicha cantidad a la indemnizada a no ser que preste aval suficiente, cuando días antes la Sección Segunda de la Audiencia Provincial había fallado a favor del abono inmediato del citado importe. Es decir, después de estar diez años apartada injustamente de sus hijos, le resarcen económicamente y, ahora, debe esperar tres o cuatro años más hasta que dicte el pronunciamiento definitivo el TC.

La Sra. Fernández se encuentra en una situación delicada debido a su precaria salud y, además, le es imposible conseguir la garantía que se le exige. Esto me recuerda el caso de una familia que ganó en la Audiencia una sentencia que anulaba un testamento y le permitía acceder a una herencia de unos 12 millones de euros. Sin embargo, al ser recurrido el fallo ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo por los poseedores de los bienes, los vencedores deben esperar unos ocho años hasta que recaiga la resolución final, pasando por unas malas circunstancias económicas provocadas, además, por los recurrentes. La justicia lenta no es justicia, y priva a los ciudadanos de un derecho sagrado.



Sevilla, a 28 de Mayo de 2007.

Luis Romero Santos
Abogado
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