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Allanamiento de morada

No entiendo como se puede plantear una administración de un país libre y con economía de mercado cobrar impuestos a los ciudadanos que tengan inmuebles vacíos. Es decir, que tienen que habitarlos, alquilarlos o venderlos. No parece bastante el alto precio que se paga al adquirir una vivienda, más los impuestos, aranceles, honorarios, comisiones, seguros y otros gastos. Y ahora se está planteando aquí, con ideas importadas de Cataluña, el impuesto sobre viviendas desocupadas.

Lo malo va a ser adivinar cuál es la que está vacía de verdad, porque la primera puede ser el hogar propiamente dicho; la segunda, la de la playa; la tercera, la del campo; la cuarta, la de la nieve; la quinta, la que regalará el propietario a ese hijo que está a punto de casarse, pero claro, eso puede ser el año que viene o dentro de tres; la sexta, ¿y por qué habría que dar explicaciones de la sexta? Claro, que después de que un perseguido propietario pueda justificar el tener cinco viviendas vacías, todavía podría seguir aumentando su patrimonio inmobiliario: la otra de la playa, la otra del campo, la del otro hijo que se va a casar o que va a convivir. Entonces ¿a partir de qué número de casas ociosas se cobraría el impuesto? ¿A partir de la octava? Por otra parte, sería discriminatorio poseer las moradas en distintas comunidades autónomas. Y todo ello, sin mencionar el derecho constitucional a la propiedad.



Sevilla, a 5 de Febrero de 2007.

Luis Romero Santos
Abogado
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